Política

TERREMOTO POLITICO EN ARGENTINA : El insólito plan de las «Tres Banderas» en Malvinas.-

13 DE SEPTIEMBRE DE 2026.- Un eventual esquema de soberanía compartida o tutelada por potencias extranjeras enfrenta barreras jurídicas insalvables en la Constitución Nacional de 1994. Entre el riesgo inminente de juicio político, el quiebre del consenso social y un giro geopolítico drástico, por qué la propuesta resulta un imposible para cualquier gobierno.

El Inviable Esquema de las «Tres Banderas» en Malvinas: Impacto Constitucional, Geopolítico y Terremoto Político-Institucional en Argentina
Resumen Ejecutivo.-

El debate en torno a un eventual esquema de administración tripartita o régimen de «Tres Banderas» sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y sus espacios marítimos circundantes —involucrando formalmente a la República Argentina, al Reino Unido y a los Estados Unidos— se presenta desde la perspectiva anglosajona como un mecanismo pragmático para descongelar el conflicto de soberanía y neutralizar la proyección geopolítica de potencias extra-regionales en el Atlántico Sur.

Sin embargo, para el sistema político, jurídico y social de la República Argentina, este modelo no constituye una alternativa viable, sino una colisión directa contra el orden constitucional vigente, un factor de desestabilización institucional inmediata y una ruptura radical de la doctrina diplomática tradicional. Este informe analiza las barreras insalvables que impiden a cualquier administración argentina aceptar o negociar formalmente un régimen de soberanía tutelada o compartida.

1. Las Barreras Constitucionales e Jurídicas
Desde el estricto plano del derecho público argentino, el margen de maniobra para aceptar una cesión, condominio o tutela de soberanía territorial es inexistente. La estructura normativa del Estado argentino fue blindada de manera explícita para evitar fórmulas de compromiso que atenúen el reclamo territorial.

A. La Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional
La Reforma Constitucional de 1994 otorgó rango supremo al reclamo sobre el archipiélago a través de la Disposición Transitoria Primera, la cual establece:

«La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino.»

Implicancias jurídicas directas:
Incompatibilidad con la Co-Soberanía: La Constitución impone la búsqueda del ejercicio pleno de la soberanía. Cualquier tratado internacional que contemple compartir soberanía, flamear banderas extranjeras en calidad de garantes o aceptar un régimen tutelado viola el texto expreso de la Carta Magna.

Inconstitucionalidad Inmediata y Judicalización: De formalizarse un borrador de acuerdo bajo este formato, el Poder Ejecutivo enfrentaría presentaciones inmediatas ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El máximo tribunal se vería obligado a declarar la inconstitucionalidad manifiesta del instrumento por vulnerar una norma de jerarquía superior e irrenunciable.

B. Restricciones del Congreso y Sistema Legislativo
De acuerdo con el Artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, la aprobación o rechazo de tratados concluidos con las naciones extranjeras es facultad exclusiva del Congreso.

Adicionalmente, el plexo normativo que defiende la soberanía en la plataforma continental —encabezado por la Ley 26.659 (y sus modificatorias)— establece prohibiciones y sanciones penales/administrativas a la exploración o explotación de recursos naturales sin autorización previa del Estado argentino. Ratificar un condominio implicaría derogar implícitamente o violentar esta legislación, algo inviable sin un consenso parlamentario que hoy resulta inalcanzable.

A. Ruptura de la Causa de Estado y la Memoria Histórica
La Cuestión Malvinas trasciende las diferencias partidarias y se sitúa como uno de los pilares de la identidad nacional argentina:

El Factor Veteranos de Guerra de Malvinas (VGM) y la Sociedad: Reconocer legalmente la bandera del Reino Unido —y sumar la de Estados Unidos— en las islas sería percibido por la sociedad argentina como la convalidación de la ocupación iniciada en 1833 y reconfirmada tras la contienda bélica de 1982. Representaría una afrenta directa a la memoria de los caídos en combate.

Doctrina de Defensa Nacional: La postura defensiva de las Fuerzas Armadas se cimenta en la preservación de la integridad territorial. La cesión del Atlántico Sur a una fuerza o administración conjunta vulneraría los principios fundacionales del instrumento militar.

Riesgo de Juicio Político y Crisis de Gobernabilidad
Cualquier Presidente o Gabinete que promueva o firme un acuerdo de esta índole desencadenaría una crisis institucional severa: Juicio Político (Art. 53 de la CN): Se interpondrían denuncias de forma expedita por mal desempeño en sus funciones y violación gravísima de los deberes de funcionario público. Parálisis Gubernamental: El rechazo no se limitaría al ámbito legislativo; generaría movilizaciones masivas, paros de centrales sindicales, protestas universitarias y un estado de agitación social que amenazaría la continuidad del mandato presidencial.

Pérdida de la Tradición de Autonomía Externa
Argentina ha mantenido históricamente una postura favorable al multilateralismo y opuesta a la presencia de fuerzas militares extranjeras en su espacio soberano. Incorporar formalmente a la potencia norteamericana al gobierno del archipiélago implicaría asimilar el espacio nacional a las dinámicas de la OTAN, anulando la soberanía de decisión en el Atlántico Sur y Antártida.

Vulnerabilidad Comercial y Geopolítica
Un alineamiento explícito de esta naturaleza tendría implicancias económicas inmediatas: Relación Económica con China: Como principal comprador de diversos productos primarios y financista en materia de infraestructura, China podría responder mediante barreras comerciales o represalias financieras. Aislamiento Regional: Países vecinos de América del Sur que han respaldado la posición argentina en foros internacionales verían fracturada la premisa fundamental del reclamo: la desmilitarización y descolonización definitiva de la región.

Desde una óptica teórica o diplomática anglosajona, la propuesta de las «Tres Banderas» o administración tripartita sobre las Islas Malvinas puede parecer una fórmula salomónica y pragmática ante la creciente competencia geopolítica en el Atlántico Sur.

Sin embargo, en la realidad constitucional y política argentina, esta hipótesis constituye una imposibilidad jurídica absoluta y un suicidio político para cualquier gobierno que intente formalizarla. Sin una reforma integral de la Constitución Nacional de 1994 que extirpe la Disposición Transitoria Primera y una transformación radical del consenso social interno, la soberanía sobre las islas seguirá siendo, por mandato legal e histórico, un objetivo único, irrenunciable e indivisible para la República Argentina.

 

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Virginia Botana

Comunicadora Social – Escuela Argentina de Periodismo. ICES. UBA.- EXPERTISE:_ Redactora y Periodista Especializada en Educación , Ciencia , Ecología; Historia ; Historia del Arte y Literatura Americana y Universal.- Cursos de divulgación y periodismo Científico Y Educativo. UNESCO. Curso y pos grado de Radio en Universidad Nacional . (ciudad de Rosario- Santa fe.) - FLACSO . REDACTOR Y DIRECTOR DE “ Santa María del Buen Ayre”. /// House Organ de Banco Ciudad de Buenos Aires . Años 83 84 85.- Correo del Arte. Actualidad en el Arte.-( criítica de arte).-Editorial LA LEY.- Editorial Perfil.- Colaborador contratapa Revista PolÍtica HUMOR.- Colaborador Reportajes / Notas.- en BUENOS AIRES TIME.- - diario Bilingüe.en Ciudad de Bs as.- entre otros.-

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