DISCRIMEN EDUCATIONIS : El gobierno de Milei deberá ejecutar la Ley de Financiamiento Universitaria y Recomposición del Salario Docente.
6 DE ABRIL DE 2026.- La justicia falló a favor de las universidades y el gobierno deberá implementar la Ley de Financiamiento Universitario.-
La Ley de Financiamiento Universitario (27.795) en Argentina busca proteger el presupuesto de las universidades públicas, garantizando fondos para gastos de funcionamiento y recomposición salarial docente/nodocente ante la inflación. A pesar de ser ratificada por el Congreso, su implementación ha enfrentado tensiones judiciales y paros universitarios por falta de aplicación
La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó que el gobierno nacional deberá ejecutar inmediatamente la Ley de Financiamiento Educativo Universitaria y Recomposición del Salario Docente.
En un fallo que considera “poco serios” los agravios del Estado Nacional respecto a la medida cautelar interpuesta por el CIN, los jueces de la Cámara Contencioso Administrativo Federal ordenaron “el cumplimiento inmediato de dos de las normas de la ley 27.795, en particular, los arts. 5 y 6, primer párrafo, los cuales se refieren a la actualización de los salarios de los docentes y no docentes de las universidades públicas entre el período 1/12/2023 hasta la sanción de la ley y la recomposición de todos los programas de becas del estudiantado”.
De esta manera, la Cámara ratificó lo resuelto en primera instancia por el juez de grado Enrique Cormick, e hizo lugar a la medida cautelar solicitada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y universidades nacionales para que se ejecute inmediatamente la ley y, de esta manera, se recompongan los salarios del personal de la educación superior y los montos asignados a becas estudiantiles.

Los magistrados firmantes, Sergio Gustavo Fernández y Jorge Eduardo Morán, resaltaron que en la ejecución de la ley “no se observaba una afectación al interés público, sino que, por el contrario, la falta de cumplimiento de la ley afectaba el derecho a enseñar y aprender del art. 14 de la Constitución Nacional”, tal como afirma la sentencia en primera instancia.
Además, indicaron que, como argumenta el juez de grado, “el impacto fiscal de la medida había sido estimado por la Oficina del Presupuesto del Congreso en un 0,23 % del PBI”, y que “dicha cifra representa un ahorro poco significativo para el presupuesto global de gastos de la administración pública”, contradiciendo los argumentos del gobierno.
La orden de ejecución inmediata de la Ley 27.795 — Ley de Financiamiento de la educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente implica “garantizar la protección y el sostenimiento del financiamiento de la educación universitaria pública en todo el territorio de la República Argentina” (art. 1°). Además, establece la recomposición presupuestaria 2024 (art. 3) y la actualización presupuestaria bimestral de 2025 (art. 4). En cuanto a la convocatoria a paritaria nacional, establece lo siguiente: “El Poder Ejecutivo nacional deberá actualizar los salarios de los docentes y no docentes de las universidades públicas entre el período 1º/12/2023 hasta la sanción de la presente ley, en un porcentaje que no puede ser inferior al Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) en el mismo período”.
De esta manera, y según consta en el fallo, el Poder Ejecutivo Nacional deberá aplicar la Ley de Financiamiento Universitario tal como vienen solicitando el CIN y las universidades nacionales. Una excelente noticia para la comunidad universitaria del país que deberá aguardar la reacción del gobierno y analizar medidas futuras.

