Gremiales

FAECYS: La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios desmiente fac news sobre suspensiones en los supermercados .

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios ,  desmintió «las erróneas informaciones difundidas sobre supuestas suspensiones de personal en supermercados», y rechazó los artículos periodísticos que infieren que «a partir de la Resolución de la cartera laboral 1.873/23 el gremio haya acordado esa medida por razones económicas».

Supermercado: empleado accidentado e indemnización | TR

Con un documento firmado por el secretario general del gremio nacional,  Armando Cavalieri, y otros dirigentes, se rechazó que la Faecys haya acordado con los supermercados a partir de esa resolución «la posibilidad de suspender a trabajadores por razones económicas».

«La Resolución de Trabajo es de 2020 y se motivó en la pandemia de coronavirus. La Faecys desmiente notas periodísticas que dieron cuenta de un acuerdo para producir suspensiones por ser totalmente falaces, y nunca firmó convenio alguno para permitir a las empresas y/o supermercados suspender personal por falta o disminución de trabajo”, dijo.

La Federación aclaró que esa resolución se relaciona «con antiguas presentaciones de 2020, en épocas de confinamiento y pandemia, que de forma tardía fue homologada por Trabajo», y añadió que ante «la gravedad de la emergencia sanitaria frente al avance del coronavirus el Estado nacional habilitó en confinamiento la firma de acuerdos 223 bis».

«Ello no implicó su automática aplicación por parte de las empresas. El empleador que quisiera utilizar esa herramienta legal debía realizar una presentación ante Trabajo para que esa cartera realizara el control de legalidad y, en su caso, la homologase. Por la cantidad de firmas que la usaron y ante el cúmulo de tareas de la administración pública, recién este año se están dictando las respectivas resoluciones homologatorias», enfatizó.

Un artículo de Ámbito.com titulado «Supermercados podrán suspender a trabajadores por razones económicas», publicado el 27 de octubre, señaló que «a través de la Resolución 1873/2023 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social se oficializó la homologación de las adhesiones al acuerdo marco celebrado entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios(FAECYS), por el sector sindical, y la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), por el sector empleador».

Por lo mismo, el sindicato sostuvo que esas publicaciones «son totalmente falsas» cuando afirman que Trabajo homologó «un acuerdo que permite a las empresas suspender personal por falta o disminución de trabajo», que «podrán pagar el 50% del salario» y que «se retoma así el pacto en pandemia, pero ahora las podrán aplicar cuando quieran».

«Esa resolución no se refiere a esas empresas ni implica una renovación de acuerdos de suspensiones, que única y exclusivamente se produjeron con motivo y causa del confinamiento de la sociedad y el cese de actividades por la pandemia, mientras estuvieron vigentes las medidas excepcionales dispuestas por el Estado. Por lo tanto, la Faecys rechaza esas notas periodísticas y solicita una inmediata rectificación«, concluyó.

 

Sergio Stadius

Periodista en Gremios, Política. y Medios UBA - Ex jefe de Prensa del IRAM. Director Hurlingham en Movimiento y de Revista Líder.

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